Comunicado sobre la Orden de normas de correcta preparación extemporánea de radiofármacos.

hace 3 años

En relación con la reciente publicación en el BOE de 4 de octubre de 2022 de la Orden SND/939/2022, de 29 de septiembre, por la que se aprueban las normas de correcta preparación extemporánea de radiofármacos, el Comité Ejecutivo quiere hacer pública una serie de consideraciones.

En primer lugar, señalar que en los términos en que se ha publicado dicha Orden, nos ha generado un gran malestar verificar que se ha preferido legislar sin contar con el asesoramiento de Medicina Nuclear. La SEMNIM no ha participado en la redacción original de la Orden. Durante el proceso de tramitación se abrió un periodo de Consulta Pública Previa del Proyecto, en el que participó la SEMNIM. Realizamos alegaciones en tiempo y forma, abriendo la posibilidad de participación a todos los socios.

El propósito de la SEMNIM es contribuir a mejorar la salud de los pacientes con una atención segura y de calidad, mediante procedimientos de diagnóstico y tratamiento, para los cuales se requiere la correcta preparación de radiofármacos. Es muy llamativo que, siendo los radiofármacos un elemento esencial de Medicina Nuclear, la especialidad no se menciona en el texto, únicamente en las referencias normativas. Consideramos que la Orden ha obviado que la razón de ser de las unidades de Radiofarmacia se basa en la existencia previa de los Servicios de Medicina Nuclear.

Se añade que, con una única Orden se regula la preparación extemporánea de radiofármacos indistintamente de su objetivo, de manera que no hace distinción entre la asistencia médica en hospitales y la producción industrial de radiofármacos con fines comerciales. La SEMNIM apoya toda iniciativa que promueva el uso seguro de las radiaciones ionizantes y la seguridad de los pacientes. Pero considera que esta Orden regula en exceso una actividad a la que confiere una peligrosidad que no es real para procedimientos que no suponen riesgos al paciente, como lo demuestra la ausencia de efectos adversos registrados vinculados a procesos de preparación extemporánea de radiofármacos en procedimientos cerrados. Interpretamos que esta sobrerregulación está más vinculada a la demarcación de ámbitos asistenciales, recursos y personal, que a razones de seguridad clínica.

En la SEMNIM fomentamos la calidad asistencial proporcionando formación a los socios especialistas y residentes y estimulando la producción de conocimiento científico especializado a través de la investigación. Trabajamos con valores éticos, basados en la transparencia y el rigor científico, optimizando la eficiencia en el uso de los recursos. La SEMNIM es una firme defensora de la Sanidad Pública y Privada. La imposición regulatoria de esta Orden dificulta la existencia de unidades de Radiofarmacia que den cobertura a los Servicios de Medicina Nuclear en ambos ámbitos, por el incremento presupuestario que supone adecuarse a la Ley. Las exigencias de la misma implican que, en términos de gestión económica existan servicios de Medicina Nuclear que opten por la externalización de la Radiofarmacia, e incluso pueden abocar al cierre de centros. Esta situación nos preocupa seriamente.

En la SEMNIM, referente de Medicina Nuclear, estamos trabajando para defender a los socios, en base a nuestros principios y objetivos. Para ello vamos a seguir potenciando la colaboración con los organismos oficiales y con las instituciones sanitarias y estamos a vuestra disposición para el asesoramiento en este nuevo marco legal.

Comité Ejecutivo de la SEMNIM.

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