Cuota Anual Socio

El plazo para el abono quedará abierto a partir del 1 de diciembre de 2024.

El abono de la cuota anual es imprescindible para ejercer los derechos y disfrutar de las ventajas asociadas el estado de socio activo (derecho a voto en las Asambleas, acceso gratuito a la REMNIM, participación en los Grupos de Trabajo, acceso a la web, acceso a la plataforma de formación continuada de la REMNIM, cuotas reducidas en las actividades organizadas por la SEMNIM, etc.).

La cuota de socio 2025 es efectiva para el periodo de 1 de enero a 31 de diciembre de 2025, independientemente del momento del abono.

  • El plazo para efectuar el pago es hasta el 1 de marzo.
  • Una vez pasado el plazo para efectuar el abono de la cuota, los socios que no lo hayan efectuado, pasarán al estado de socio inactivo, lo que significa que no podrá acogerse a los derechos y ventajas que le da el estado de socio activo (derecho a voto en las Asambleas, acceso gratuito a la REMNIM, participación en los Grupos de Trabajo, acceso a la web, acceso a la plataforma de formación continuada de la REMNIM, cuotas reducidas en las actividades organizadas por la SEMNIM, etc.).
  • Para tener derecho a la cuota reducida del Congreso Nacional es necesario haber efectuado el abono con anterioridad al 1 de marzo.
  • Si el pago se realiza tras el 1 de marzo, se recuperan los derechos como socios para 2025, pero no el derecho a la cuota reducida del Congreso Nacional.
  • Sólo se habilita este canal de pago, no siendo posible el abono por otras vías.
  • Aquellos socios que realicen el abono de la cuota a través de una entidad, deberán dejarlo reflejado en el formulario para que se genere la factura con los datos correspondientes.

Pago cuota anual

Socios en formación

Los Socios en Formación, para hacer uso de la cuota de socio reducida, deben documentar su situación mediante un certificado expedido por la persona responsable de su Unidad en el que conste su situación de Especialista en Medicina Nuclear en Formación, el año de inicio y el año que cursa.

Para ello debe cumplimentar el siguiente formulario, a través del cual debe remitir el certificado anteriormente mencionado.

Este formulario debe remitirse en un plazo inferior a una semana tras el pago de la cuota anual. 

Si pasado dicho plazo no se ha recibido este justificante, se anularán provisionalmente los derechos como Socio hasta el envío de la documentación requerida.  

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