Descripción
IMPORTANTE
El plazo para el abono quedará abierto a partir del 1 de diciembre de 2024.
El abono de la cuota anual es imprescindible para ejercer los derechos y disfrutar de las ventajas asociadas el estado de socio activo (derecho a voto en las Asambleas, acceso gratuito a la REMNIM, participación en los Grupos de Trabajo, acceso a la web, acceso a la plataforma de formación continuada de la REMNIM, cuotas reducidas en las actividades organizadas por la SEMNIM, etc.).
La cuota de socio 2025 es efectiva para el periodo de 1 de enero a 31 de diciembre de 2025, independientemente del momento del abono.
- El plazo para efectuar el pago es hasta el 1 de marzo.
- Una vez pasado el plazo para efectuar el abono de la cuota, los socios que no lo hayan efectuado, pasarán al estado de socio inactivo, lo que significa que no podrá acogerse a los derechos y ventajas que le da el estado de socio activo (derecho a voto en las Asambleas, acceso gratuito a la REMNIM, participación en los Grupos de Trabajo, acceso a la web, acceso a la plataforma de formación continuada de la REMNIM, cuotas reducidas en las actividades organizadas por la SEMNIM, etc.).
- Para tener derecho a la cuota reducida del Congreso Nacional es necesario haber efectuado el abono con anterioridad al 1 de marzo.
- Si el pago se realiza tras el 1 de marzo, se recuperan los derechos como socios para 2025, pero no el derecho a la cuota reducida del Congreso Nacional.
- Sólo se habilita este canal de pago, no siendo posible el abono por otras vías.
- Aquellos socios que realicen el abono de la cuota a través de una entidad, deberán dejarlo reflejado en el formulario para que se genere la factura con los datos correspondientes.
SOCIOS EN FORMACIÓN
Los Socios en Formación, para acogerse a la cuota reducida, deben justificar tal condición subiendo el correspondiente certificado en el siguiente formulario.