

En pleno auge de la medicina personalizada y de precisión, la correcta prescripción de radiofármacos es imprescindible para un diagnóstico y tratamiento seguro, trazable y centrado en el paciente. Este documento del Grupo SEMNIM-SERFA, basado en la normativa vigente, es un protocolo claro y accionable para el especialista en Medicina Nuclear y el especialista en Radiofarmacia que refuerza la seguridad clínica y eleva la calidad asistencial a un nuevo estándar.
La prescripción de radiofármacos constituye un paso esencial en el uso clínico de estos medicamentos, no solo por razones legales, sino también por su relevancia en la seguridad del paciente, la trazabilidad del medicamento y la calidad global del acto asistencial.
El Especialista en Medicina Nuclear es sin duda el único capacitado para llevar a cabo la prescripción de radiofármacos diagnósticos y terapéuticos, por su conocimiento de las singularidades de estos medicamentos, su extensa formación en su aplicación y su conocimiento de las singularidades de cada radiofármaco para cada indicación y cada paciente.
No obstante, en la práctica diaria de muchos Servicios de Medicina Nuclear, el procedimiento puede no estar plenamente implantado o formalizado, por lo que es oportuno recordar la normativa vigente y proponer mecanismos sencillos para su implementación y puesta en marcha, en este momento en el que estamos siendo testigos de la acelerada expansión de la medicina de precisión y las terapias con radiofármacos.
Adicionalmente, el próximo 19 de julio termina el plazo de dos años desde la publicación del RD 673/2023 para implantar el programa de garantía de calidad de unidades asistenciales de medicina nuclear y remitir una copia del mismo a las autoridades competentes. Entre las responsabilidades del especialista en medicina nuclear establecidas en el artículo 5 de este real decreto está la de prescribir el radiofármaco a utilizar y la actividad a administrar a cada paciente.
Por otra parte, la Orden SND/939/2022, por la que se aprueban las normas de correcta preparación extemporánea de radiofármacos, establece que la preparación de cualquier radiofármaco solo podrá realizarse bajo la supervisión de un especialista en radiofarmacia y bajo petición mediante prescripción médica individualizada de cada radiofármaco.
Las prescripciones médicas deberán cumplir lo establecido en la normativa legal de aplicación, singularmente lo determinado en el Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación, y el Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.
Requisitos Legales de la Prescripción de Radiofármacos
Es importante que esta prescripción sea siempre individualizada, cada prescripción debe contener como mínimo:
- Identificación del paciente
- Radiofármaco prescrito y su denominación
- Dosis o actividad prescrita
- Vía de administración
- Indicaciones clínicas.
- Firma y número de colegiado del médico nuclear.
- Fecha y hora de prescripción.
Propuesta de Circuito de Prescripción
- Prescripción del radiofármaco por parte del especialista en medicina nuclear. Puede utilizarse un formulario tipo o integrarse en el sistema de historia clínica. La prescripción debe recoger todos los requisitos mínimos anteriormente referidos.
- Validación de la prescripción por el especialista en radiofarmacia como paso previo a la preparación o dispensación, dejando constancia escrita o digital.
- Preparación y dispensación, con registro de lote, fecha de caducidad, operador y condiciones.
- Administración y registro en el sistema clínico del centro.
Conclusión
Implantar la prescripción de radiofármacos no solo garantiza el cumplimiento normativo, sino que fortalece la seguridad clínica, la trazabilidad del medicamento y la calidad asistencial. La intervención directa del médico especialista en Medicina Nuclear en este proceso es clave, dado su conocimiento especializado en las indicaciones clínicas, así como en la farmacocinética de los radiofármacos. Además, asignar exclusivamente esta función al médico especialista en Medicina Nuclear contribuye a fortalecer la especialidad y a consolidar su papel central en el desarrollo presente y futuro de las terapias dirigidas con radiofármacos. Reforzar esta práctica es un paso imprescindible hacia una Medicina Nuclear responsable, segura y reconocida institucionalmente.